Actualmente, la intimación del empleador sólo puede concretarse si el trabajador reúne dos requisitos para jubilarse: tener como mínimo 65 años y al menos 30 años de aportes. Por el desempleo y la informalidad, muchos trabajadores con 65 años no tienen los 30 años de aportes y deben seguir trabajando con una “compensación”: cada dos años por encima de los 65 disminuye un año los requisitos de aportes. O sea, con 67 años pueden jubilarse con 29 años de aportes.
Para más información consulta el siguiente enlace:
https://www.clarin.com/economia/jubilacion-70-anos-claves-cambio-impulsa-gobierno_0_Hk9KUtgxf.html

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